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Aviso de Radiodifusión

Declaración de Impacto Ambiental: Nueva Planta Concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida



Ana Isabel Zúñiga Sanzana
Representante legal
MINERA ESCONDIDA LIMITADA

Región: Región de Antofagasta







Texto del aviso:

El Servicio de Evaluación Ambiental, en el marco de la implementación progresiva del Acuerdo de Escazú y con el objeto de asegurar una evaluación ambiental técnica y de excelencia, informa a la comunidad que Minera Escondida Limitada, como parte de BHP, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto denominado Nueva planta concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida, que se localizará en la comuna, provincia y región de Antofagasta, específicamente al interior del área industrial de Minera Escondida, ubicada a 170 kilómetros al sureste de la ciudad de Antofagasta, y cuya Representante Legal es la Señora Ana Isabel Zúñiga Sanzana. Minera Escondida prevé un aumento progresivo en la dureza del material y la disminución de la ley de cabeza del mineral, condiciones que obligan a realizar optimizaciones en la operación, con la implementación e incorporación de nuevas tecnologías que permitan aumentar la eficiencia de sus procesos y mantener la capacidad de procesamiento autorizada ambientalmente mediante Resolución de Calificación Ambiental o RCA N°398/2009, correspondiente a 460 ktpd. Además, la proyección de la operación indica que, conforme al avance planificado de la expansión del rajo Escondida, la explotación deberá acceder al mineral ubicado en el área de emplazamiento de la Planta Los Colorados, instalación que cesará su operación, e iniciará su desmantelamiento el año 2027, de acuerdo a lo descrito en su plan de cierre vigente (Res. Exenta N° 1563/2022 del SERNAGEOMIN). Por su parte, los rajos Escondida y Escondida Norte, en la actualidad explotan en conjunto una cantidad menor a la aprobada ambientalmente mediante RCA N° 398/2009, que señala 547 Mt/a ex pit, razón por la cual se contempla variar el ritmo del movimiento total a 610 Mt/a ex pit. Es así como, considerando el remanejo de material, el movimiento total conjunto se incrementará a 669 Mt/a, sin modificar la geometría de los rajos, así como tampoco su vida útil, ni la capacidad total de procesamiento aprobadas mediante RCA N° 398/2009. Por lo anterior, y con el propósito de asegurar la continuidad operacional, así como mantener la capacidad de procesamiento ambientalmente aprobada para el proceso de concentradoras , el presente Proyecto contempla la construcción y puesta en marcha de una Nueva Planta Concentradora, que reemplazará a la Planta Los Colorados, con una capacidad de procesamiento aproximada de 50 millones de toneladas anuales (50 Mt/a) de mineral, equivalente a 137 mil toneladas por día o 137 ktpd como promedio anual, pudiendo alcanzar un máximo de 57.5 Mta como promedio anual, debido a las mejoras operacionales propias del proceso y/o a las características del mineral. Manteniéndose la capacidad conjunta de procesamiento, entre la nueva planta concentradora y Planta existente de Laguna Seca de 460 ktpd, que corresponde a lo aprobado ambientalmente mediante la RCA N°398/2009. Para su abastecimiento eléctrico, se requerirá de una nueva línea de transmisión de 220 kV, de doble circuito, con una longitud aproximada de 25,7 km y 84 torres, que conectará la subestación Monte Mina con la nueva subestación EGP 220/33 kV, que distribuirá la energía a las nuevas instalaciones del Proyecto. Bajo este contexto, la presente DIA somete al SEIA un conjunto de modificaciones, algunas de las cuales corresponden a la incorporación de nuevas instalaciones como la Planta Concentradora Escondida; nuevas partes y obras para el suministro eléctrico del Proyecto (Línea de transmisión eléctrica Monte Mina y Subestación EGP 220/33 kV), así como también la modificación en el movimiento mina, incrementando el ritmo de extracción del mineral desde 547 Mt/a ex pit (RCA N° 398/2009) para llegar a 610 Mt/a expit o 669 Mt/a considerando remanejo. Cabe señalar que esta variación del movimiento mina no implica un cambio en la tasa de procesamiento del mineral sulfurado procesado por las plantas concentradoras de MEL, la cual se mantiene dentro del límite aprobado ambientalmente por la RCA N°398/2009, equivalente a 460 ktpd como promedio anual. Las obras y acciones del Proyecto se desarrollarán en áreas nuevas y otras ya intervenidas por la faena minera. No se considera la modificación de la vida útil, ni cambios respecto de los actuales permisos sectoriales con que cuentan los rajos; como tampoco cambios en la tasa de depositación ampliada del relave Laguna Seca según lo establecido en la RCA N°398/2009, lo cual es del orden de 450 ktpd durante una vida útil prevista de al menos 40 años, y una capacidad del depósito a 4.500 millones de ton. Los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental estarán disponibles, para su acceso al público, en la página web www.sea.gob.cl De acuerdo con lo establecido el artículo 30 bis de la Ley N°19.300 y al artículo 94 del Reglamento del SEIA 2012, se podrá abrir un proceso de participación ciudadana por un plazo de veinte días, en las DIA que se presenten a evaluación y se refieran a proyectos que genere cargas ambientales para las comunidades próximas, y siempre que lo soliciten a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas. Si el proyecto genera cargas ambientales para las comunidades próximas, se podrá abrir un proceso de participación ciudadana, siempre que lo soliciten a lo menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas. La solicitud deberá hacerse por escrito y presentarse ante el Servicio de Evaluación Ambiental hasta el [día] de [mes] de [año]., a través del formulario electrónico disponible para tales efectos en la plataforma de ingreso a la oficina de partes, en el siguiente link www.sea.gob.cl/oficina-partes-virtual o mediante correo electrónico oficinapartes.sea.antofagasta@sea.gob.cl. Se deja constancia que este texto ha sido visado por la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Titular de esta DIA.


Medio de radiodifusión:

Radio Carnaval